La reciente noticia publicada por Confilegal vuelve a poner sobre la mesa una realidad que en el ámbito de la investigación privada conocemos bien: la prueba objetiva pesa más que cualquier declaración interesada.
La resolución de la Audiencia Provincial de Granada confirma la extinción de una pensión compensatoria tras acreditarse que la beneficiaria mantenía una relación sentimental estable que había negado ante los tribunales. Y el elemento clave del caso fue, una vez más, el trabajo de un detective privado.
El contexto jurídico: cuándo se pierde la pensión compensatoria
El artículo 101 del Código Civil establece que el derecho a pensión compensatoria se extingue cuando el beneficiario contrae nuevo matrimonio o convive maritalmente con otra persona.
Aquí no hablamos solo de empadronamientos conjuntos o contratos firmados a medias. La jurisprudencia ha ido ampliando el concepto de “convivencia marital” hacia una realidad afectiva y estable, aunque no exista formalización legal.
Es decir: lo relevante no es cómo se etiqueta la relación, sino cómo se vive.
La importancia de la prueba
En este caso, el exmarido alegó que su expareja mantenía una relación estable. Ella lo negó, calificándolo como una simple amistad.
Pero el informe de investigación aportó elementos que los tribunales consideraron determinantes:
Entradas y salidas habituales del domicilio.
- Uso de llaves.
- Pernoctas frecuentes.
- Conductas públicas compatibles con una relación afectiva.
- Evidencia en redes sociales.
No se trata de “espiar sentimientos”. Se trata de documentar hechos objetivos que permitan al tribunal valorar si existe una convivencia material y emocional equivalente a una relación de pareja.
Y aquí está el punto clave para quienes ejercemos esta profesión: la credibilidad se construye con metodología, continuidad y rigor probatorio.